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domingo, 28 de julio de 2024

La Justicia anula los sobresueldos a altos funcionarios que Coalición Canaria aprobó en Icod de los Vinos en 2021(I)

 El Ayuntamiento, liderado por Francisco González (CC) en la anterior legislatura, acordó subir en casi 20.000 euros anuales la retribución del complemento específico del tesorero y en más de 10.000 euros las del interventor y secretario. Una jueza sentencia ahora que lo hizo sin justificación.


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 4 de Santa Cruz de Tenerife ha anulado los aumentos de sobresueldos que el viceconsejero de Infraestructuras del Gobierno canario, Francisco González, de Coalición Canaria (CC), aprobó en Icod de los Vinos para altos funcionarios y miembros de la Policía Local en 2021, cuando era alcalde del municipio tinerfeño.

En una sentencia fechada el pasado 28 de junio, la jueza estima el recurso presentado por la Abogacía del Estado en Santa Cruz de Tenerife y anula el visto bueno del Ayuntamiento icodense a incrementar la partida del complemento específico, una retribución complementaria destinada a remunerar las condiciones particulares de algunos puestos de trabajo, de los tres funcionarios de escala de habilitación nacional del Consistorio, estos son, secretario, interventor y tesorero, y del subinspector, el jefe, el oficial y todos los agentes de la Policía Local.

Más información:

lunes, 9 de abril de 2018

La Justicia tumba el premio de jubilación para funcionarios que aprobó el pleno de Icod antes de las elecciones de 2011


El Supremo considera que la remuneración incumple la legislación estatal porque no cubre necesidades sobrevenidas y ratifica el fallo del TSJC que había anulado, en primera instancia, otros seis artículos de ese mismo acuerdo 


El Tribunal Supremo ha dado un nuevo revés al acuerdo sobre condiciones y retribuciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, aprobado por el pleno el 26 de abril de 2011, un mes antes de las elecciones municipales.
En una sentencia dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso mirametv.com, los magistrados anulan dos artículos del texto referidos a los premios de jubilación al considerar que incumplen la legislación básica del Estado. 
El fallo ratifica también una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que en 2015 anuló otros seis artículos del acuerdo relacionados con el horario de la jornada laboral, las vacaciones, las dietas por desplazamientos, los complementos de sueldo por incapacidad laboral y diferentes permisos para casos de violencia de género o por cuidados de un familiar. 
La sentencia del Supremo argumenta que los premios por jubilación son “remuneraciones distintas de las previstas para los funcionarios de las corporaciones locales por la legislación básica del Estado”. Los magistrados de la Sección Cuarta consideran que estas gratificaciones “no responden a unas contingencias o infortunio sobrevenido (…) sino que se asocian a un supuesto natural, conocido e inevitable de la relación funcionarial”.
Estas remuneraciones “suponen una alteración del régimen retributivo” de los funcionarios del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, explica el Tribunal Supremo, algo que “carece de cobertura legal y de justificación y vulnera los preceptos invocados por el Gobierno de Canarias” en su recurso.
El acuerdo del pleno del Ayuntamiento tinerfeño fue impugnado por el Ejecutivo regional, lo que dio lugar a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias. El Consistorio solo se defendió en primera instancia y fue el propio Gobierno autonómico el que volvió a recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo, al mantener el TSJC los artículos relativos a los premios de jubilación que ahora han sido anulados. 
Fuentes oficiales explican que en el Ayuntamiento de Icod de los Vinos no conocen la sentencia del Tribunal Supremo y aseguran que las gratificaciones por jubilación dejaron de abonarse a los funcionarios en 2011, cuando el acuerdo fue impugnado por el Ejecutivo regional, aunque admiten que “se han seguido pagando hasta la actualidad a los trabajadores laborales” del Consistorio tinerfeño.
Fuente:

miércoles, 14 de enero de 2015

Stap anuncia querellas contra Dorta por acoso y persecución sindical

El Sindicato de Trabajadores Canarios y de sus Administraciones Públicas (Stap) anunció ayer que presentará querellas por posible acoso y persecución sindical contra el alcalde de Icod de los Vinos, Juan José Dorta (PSOE), por su comportamientos con los tres delegados sindicales del Stap en el Ayuntamiento de la Ciudad del Drago. El funcionario suspendido de empleo y sueldo durante 24 meses, Justo Caridad, es uno de los delegados del Stap.

La Ejecutiva Territorial en Tenerife del Stap y su sección sindical en el Ayuntamiento de Icod subrayan en un comunicado que "los tres delegados sindicales del Stap en Icod han sido atropellados por el actual alcalde, no solo por su actividad sindical sino también por su actividad profesional, civil y social, y han sufrido encerronas, se les han negado directamente derechos, han sido burlados sindicalmente, expedientados indebidamente, sancionados y separados del servicio mediante acusaciones montadas y sin atender a su defensa en absoluto. Todo pendiente de la justicia".
Aparte de las acciones judiciales y demandas ya interpuestas en materia laboral y sindical, Stap advierte de la presentación de "querellas criminales por acoso y persecución sindical, así como otras conductas penalmente perseguibles y que recaerían, ya fuera del mandato como alcalde de este señor, pero eso no le eximirá de su responsabilidad penal por hechos maliciosos por los que esperamos que responda".
El Stap considera que la actitud de Dorta contra sus delegados responde a la venganza de "quien sabe que no será candidato y quiere morir matando".

viernes, 19 de diciembre de 2014

Dejan sin sueldo al funcionario que denunció 12 veces al gobierno

Alicia Verdejo (PSOE) firmó, como alcaldesa accidental, el decreto que sanciona con 24 meses de suspensión de empleo y sueldo al funcionario del ayuntamiento Justo Caridad.


La segunda teniente de alcalde del Ayuntamiento de Icod de los Vinos, Alicia Verdejo (PSOE), firmó recientemente un decreto, como alcaldesa accidental, que sanciona con 24 meses de suspensión de empleo y sueldo al funcionario municipal Justo Caridad, el trabajador que ha presentado más de 12 denuncias contra el alcalde, Juan José Dorta (PSOE), y otros ediles socialistas del grupo de gobierno local.
Caridad también es delegado de la sección del sindicato Stap y ha interpuesto varios contenciosos particulares y a nombre del sindicato contra el grupo de gobierno de Verdejo.
La sanción, que deja sin empleo ni salario a este funcionario durante dos años, se basa, según el afectado, en "presuntas faltas no justificadas y en el presunto incumplimiento del deber de fichar". A su juicio, esta decisión es una "evidente represalia por las denuncias presentadas".
Caridad destaca que "en dos de las doce denuncias que ha presentado contra el gobierno municipal socialista está implicada directamente Alicia Verdejo, que es la persona que firma la sanción y, por ello, debió abstenerse, de acuerdo con la Ley 30/1992".
Entre las denuncias que Caridad presentó contra miembros del gobierno del PSOE destacan el Procedimiento Abreviado 33/2010 por el que están imputados el alcalde, dos concejales y varios ex concejales, a la espera de que se fije la fecha de juicio; la denuncia de la concesión de una subvención a la Asociación de Amigos de Icod en Venezuela (junio de 2012); el posible nombramiento "a dedo" de Pilar González (octubre de 2013); la incompatibilidad de los exediles de CC Diego Afonso y Delia León (diciembre de 2012); otra por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores (junio de 2013); otra por el presunto cese ilegal del director de los Servicios Sociales municipales (abril de 2014); una presunta falsificación de certificados (julio de 2014), o el contrato de mantenimiento de jardines (marzo de 2014), que motivó la imputación del edil de Urbanismo y candidato del PSOE a la Alcaldía, Ramón Luis.
Además, denunció un delito de presunta falsedad en el expediente de reincorporación de Diego Afonso (noviembre de 2014); una presunta usurpación funciones judiciales (marzo de 2014); una denegación de vacaciones (abril de 2014), y otra denuncia por presuntas irregularidades en la empresa municipal Icodemsa (julio de 2014).
Caridad también señala que Verdejo es una de los cinco concejales del ayuntamiento que "se opone al cumplimiento de la sentencia del TSJC en el procedimiento 606/2007", que obliga al consistorio a otorgar a Caridad una plaza de economista en el consistorio.
Causa de abstención
En su escrito contra la sanción impuesta, Justo Caridad recuerda a Alicia Verdejo que él ejerce "la acusación popular contra el alcalde, Juan José Dorta, y tres de los concejales del grupo político municipal al que usted pertenece en el Procedimiento Abreviado 33/2010. Alcalde que la ha designado a usted directamente para el puesto de teniente de alcalde, y en consecuencia para el puesto desde el que ha firmado el decreto 2568/2014. Por ello, incurre usted, como también sabe, en la causa de abstención previstas en la Ley 30/1992.


Fuente: EL DÍA

viernes, 18 de julio de 2014

Denuncia acoso laboral y político al personal

Partido político Ciudadanos 


Ciudadanos denuncia acoso laboral y político al personal

EL grupo político Ciudadanos de Icod de los Vinos denuncia el “acoso” que están recibiendo algunos trabajadores del ayuntamiento. En unos casos, se trata de mobbing laboral, y en otros presenta tintes políticos, recalcan las mismas fuentes, quienes aseguran que, varios empleados, “aún con sus justificantes legales, sentencias en firme y amparados por la ley, son el objetivo del grupo de gobierno o son excluidos por no tener las misma ideología política que éstos”.
“El equipo municipal se ha tomado su poder ilimitado y sin ningún tipo de autorización al campo de la justicia, incluso sobrevalorando a los propios tribunales”, insistieron las mismas fuentes en una nota de prensa.
Siempre según Ciudadanos, “los afectados se quejan de tener que pagar su defensa, mientras que la del señor alcalde y su séquito la tenemos que pagar todo el pueblo”. “Nosotros no compartimos esta persecución o esta falta de derechos, ni la postura que están adoptando contra los afectados”, denotan desde la formación política, quienes aseveran que la política municipal debe “ser más transparente, no sólo con todo lo que está sucediendo sino también con muchos otros factores que nos están llevando al declive de Icod”. “Estamos bajo las influencias de un gobierno de terror donde los ciudadanos no pueden tener sus propias ideas por miedo a represalias, ya sean ideas políticas, laborales o sociales”, concluyen.

Dorta invita a CIUDADANOS  A QUE ACUDA AL JUZGADO

Fuente: Diario de Avisos martes 15 de julio de 2014

domingo, 26 de enero de 2014

El varapalo judicial a la RPT de Icod en 2010 toca de lleno a la prima de Francis (CC)

 La prima de Francis

Uno de los damnificados por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que anuló la RPT del Ayuntamiento de Icod del año 2001, patrocinada por la ex concejal de personal Mercedes Vera y apoyada por los concejales de CC, entre otros, su actual portavoz Francisco González, además de Isabel García y su entonces único compañero del PP Jorge Guzmán, es la prima de Francis. 

Cuando se estaba elaborando la RPT se dirigió a la empresa a la que Mercedes Vera había encargado a dedo la valoración de los puestos para pedir que le bajaran el sueldo al arquitecto porque consideraba que no podía cobrar más que ella. La empresa no atendió su petición porque no tenía mas fundamento que la envidia, pero con Mercedes Vera y los representantes de UGT y CCOO tuvo mas éxito y se cumplieron sus deseos: la sentencia dice que tanto la reducción de la retribución del arquitecto como el incremento de la de la prima de Francis se hicieron de forma arbitraria. Ahora habrá que reponer al arquitecto la retribución que le corresponde y la prima tendrá que devolver el sobresueldo que le pusieron injustificadamente los amigos de su primo.

Fuente de información

viernes, 24 de enero de 2014

El TSJC anula la RPT del año 2010 del Ayuntamiento de Icod

El STAP asegura que los eventuales no son coto reservado para el favoritismo político

 

 

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en una sentencia de 20 de diciembre de 2013 que se acaba de conocer, anula parcialmente la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Icod de los Vinos aprobada en el año 2010, como resultado de un recurso contencioso administrativo interpuesto por el sindicato STAP.



La RPT fue aprobada con los votos de CC y PP y el apoyo de los sindicatos CCOO, UGT y CSIF que son minoritarios en el Ayuntamiento. Es mas, Comisiones Obreras, que perdió toda la representación entre los funcionarios hace años por su nefasta acción sindical, apoyó una RTP que contaba con el rechazo de la mayor parte de los funcionarios y del sindicato STAP que los representa.



Aunque la anulación de la RPT es parcial, afecta a más de la mitad de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de que consta la RPT.



La sentencia considera que el Ayuntamiento, con la colaboración de CCOO y UGT, modificó de forma arbitraria la valoración de los puestos realizada por la empresa externa a la que el propio Ayuntamiento había encargado la valoración la valoración objetiva de los puestos.



La sentencia recuerda que dos puestos de idénticas funciones no pueden tener distinta valoración atendiendo a la fecha en que se crean, como propusieron y consiguieron los representantes de UGT y CCOO.



Asimismo recuerda una vez mas que no se puede adscribir a personal laboral puestos que tienen atribuidas tareas que la ley reserva a funcionarios.



También hecha por tierra la pretensión del presidente y del secretario del comité de empresa, Juan Barroso y Jesús Galindo, ambos de CCOO, de convertirse en funcionarios mientras el resto de los trabajadores de su categoría laboral siguen siendo contratados laborales. A este respecto la sentencia dice que “una vez que se ha creado el cuerpo o escala, todo el personal que ejerza esas funciones deberá ser funcionario”.



Es mas, respecto al puesto que se creó a la medida del secretario del comité de empresa, la sentencia considera que “tampoco se justifica ni la creación ni el complemento específico del puesto”.



Además la sentencia considera que los sobresueldos asignados a determinados puestos bajo el concepto de “complemento personal” son ilegales ya que suponen “un complemento personal ajeno a la estructura salarial de los funcionarios públicos”.



También dice que los puestos de secretario, interventor y tesorero no pueden ser de libre designación como pretendían los concejales del PP y de CC.



Pero sin duda, el pronunciamiento de mayor impacto social de la sentencia, que tendrá repercusiones en muchos otros ayuntamientos en el relativo a los funcionarios eventuales, es decir, los conocidos asesores políticos de los alcaldes.



La sentencia pone de manifiesto el uso irregular que los alcaldes vienen haciendo de esta figura y dice que “el personal eventual no es un coto reservado para el favoritismo político y las prebendas personales” y concluye anulando los cinco puestos de asesor con que cuenta el alcalde de Icod porque no existe ni la mínima justificación de su necesidad, ni descripción de sus funciones ni los requerimientos mínimos necesarios para desempeñar esos puestos.



Así esta sentencia continúa la línea marcada por otra anterior que anuló el nombramiento del hijo de la ex alcaldesa de San Juan de La Rambla como asesor de protocolo y prensa del alcalde de Icod.



El Ayuntamiento de Icod deberá ser indemnizado por los responsables del acuerdo por los más de 450.00 euros que ha gastado en asesores políticos, en aplicación del acuerdo que el TSJ ha anulado.



STAP quiere hacer pública su satisfacción por contribuir a frenar el abuso que algunos alcaldes hacen de su cargo, utilizándolo para otorgar favores y prebendas a sus allegados políticos y familiares.

Fuente de información:

http://www.eldigitaldecanarias.net/noticia88046.php





viernes, 5 de abril de 2013

Piden abrir expediente a la jefa de Personal por dudar de la Policía Local

Un funcionario del Ayuntamiento de Icod de los Vinos fue suspendido de sus funciones durante 40 días por agredir en octubre pasado a la jefa de Personal en el interior del despacho de esta. 

A raíz de dicho suceso, el instructor del expediente también propone que la jefa de Personal sea expedientada a raíz de tal hecho, ya que supuestamente aprisionó contra la puerta al citado funcionario y, además, dudó de la profesionalidad de la Policía Local de Icod.
De hecho, dicha funcionaria optó por interponer denuncia por la agresión en el puesto de la Guardia Civil de dicho municipio.

Los hechos ocurrieron durante la mañana del 24 de octubre de 2012. Supuestamente, el funcionario suspendido en su trabajo acudió al despacho de la jefa de Personal para solicitar información y esta le pidió que lo planteara por escrito. Entre ambos se produjo un enfrentamiento verbal y la funcionaria exigió a su compañero de trabajo que abandonara su oficina. Después, supuestamente la mujer aprisionó al hombre contra la puerta y él le dio una bofetada. Un policía local presenció los hechos y acudió rápidamente al lugar para separar a las partes implicadas.
Tras agarrar al funcionario, le pidió que se identificara. Después, recordó a la jefa de Personal que podía denunciar el hecho. Fue en ese momento cuando presuntamente la funcionaria le respondió que no iba a denunciar ante la Policía Local porque no van a hacer nada y que denunciaría ante la Guardia Civil. Supuestamente, esa idea fue repetida una segunda vez y el agente municipal le indicó que no debería expresar las acusaciones o dudas acerca de la imparcialidad de la Policía Local.
Además, el agente municipal facilitó su número de identificación profesional como testigo del incidente, ya que el asunto iba a ser denunciado ante los miembros de la Guardia Civil.
Además de considerar pertinente la suspensión de sus funciones y derechos por 40 días al funcionario, el instructor del expediente administrativo sobre este caso también propuso en una de sus conclusiones que la concejal de Personal de Icod inicie expediente disciplinario contra la jefa de Personal por la conducta probada en el acta de la Policía Local para que se adopte la responsabilidad disciplinaria que corresponda.

Fuente: http://icodenllamas.blogspot.com.es/2013_04_01_archive.html

miércoles, 13 de febrero de 2013

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias anula el presupuesto, la plantilla y la Relación de Puestos de Trabajo

Una sentencia del TSJC anula el presupuesto local y la RPT de 2006

En un fallo del 10 de octubre, el Tribunal considera que, entre otros motivos, la falta de negociación, que no se justificara la supresión de puestos y la creación de nuevos son causa de nulidad. El Step, sindicato que denunció, subraya que se debe hacer una nueva plantilla y que habrá trabajadores que cobrarán más ahora.

Más información en:
http://eldia.es/2012-12-05/norte/9-sentencia-TSJC-anula-presupuesto-local-RPT.htm
http://www.eldigitaldecanarias.net/noticia72617.php

jueves, 24 de enero de 2013

El horario Laboral

Esto pasa en el ayuntamiento según un ciudadano.


1º ¿hay o no hay un horario entrada en el ayuntamiento?
porque muchos asisten a su puesto de trabajo cuando le da la gana, (no todos gracias a Dios); otros los encontramos desayunando a las 8.30 horas en un bar o de compras por el pueblo...
¿quién controla el absentismo labora?
¿quién o quiénes son los responsables de poner orden y miran para otro lado?
2º de baja médica y otros menesteres...
¿cómo es posible que existan personas que traben dos meses al año y cobren los 10 meses restantes?
¿qué trabajen 2 días a la semana?
¿que el horario de salida es la 3 tarde y se vaya 1 o 2 horas antes?
Hay algunos que se van a su casa a desayunar y se tiran de 45 minutos a 1 hora y despues a las 14:15 están en sus casas.
3º. como es posible que ayuntamiento no los controle,
Otros llevan los niños al colegio con lo que se tarda y a recoger también van.
Y después todos son derechos y esto es lo que se ve sin estar dentro,
Lo de dentro tan sólo lo sabrán ellos.
Es tan dificil poner un reloj que fichen y que sea público cuando se fue este señor y cuando vuelve. Y cual es el motivo de su ausencia. Y un listado con las horas mensuales que trabajan.
Un ciudadano

Fuente: http://www.eldigitaldecanarias.net/noticia74391.php