viernes, 29 de mayo de 2026

Contra el tarifazo del agua y la basura

 

Se nos dice que la subida del agua en un 60% y de la basura en un 80% no responde a ninguna decisión municipal. Si realmente es así, entonces la obligación del Ayuntamiento no es limitarse a trasladar el incremento a los vecinos, sino defender los intereses de la ciudadanía frente a esas subidas desproporcionadas.





Los vecinos y vecinas  no pueden convertirse en la parte que siempre paga las consecuencias de decisiones tomadas por otras administraciones o por empresas concesionarias. La función de los representantes públicos es negociar, reclamar, fiscalizar y buscar alternativas para reducir el impacto económico sobre las familias.
Si el Ayuntamiento considera que no tiene capacidad para impedir estas subidas, debería compensarlas mediante una reducción de otros impuestos y tasas municipales, especialmente del IBI, para evitar que la presión fiscal sobre los hogares siga aumentando.
Además, resulta imprescindible reforzar la fiscalización y el control sobre ICODEMSA, garantizando la máxima transparencia en los costes, inversiones y gestión del servicio. Los ciudadanos tienen derecho a conocer con detalle las razones de estos incrementos y a que se verifique que cada euro que se les exige está plenamente justificado.
No es aceptable que se alegue falta de competencia para justificar una subida tan elevada mientras se renuncia a utilizar todas las herramientas políticas, administrativas y fiscales disponibles para proteger a los vecinos. Gobernar no consiste únicamente en recaudar, sino también en defender a quienes sostienen con sus impuestos los servicios públicos.
Por ello, exigimos que el Ayuntamiento se posicione claramente en contra de estas subidas, reclame su revisión ante las administraciones y organismos competentes, estudie medidas compensatorias como la rebaja del IBI y aumente la vigilancia y el control sobre la gestión de ICODEMSA.
Los vecinos necesitan soluciones, no explicaciones sobre quién tiene la responsabilidad última de los incrementos.


domingo, 17 de mayo de 2026

La lucha por nuestra playa sigue

 




#SanMarcosResiste, #IcodDeLosVinos, #SalvemosSanMarcos

domingo, 3 de mayo de 2026

El ayuntamiento de Icod de los Vinos (3,08) suspenden en transparencia entre los 31 de Tenerife durante 2024

 



La Medalla de Oro al Revés

¡Felicidades, Icod!

 Ser el último entre 31 municipios de Tenerife requiere un esfuerzo constante de desidia y cerrojo. Mantener un 3,08 es una declaración de principios: "Mi gestión es mi secreto". Mientras el resto de la isla se empeña en esa moda tan molesta de explicar qué hacen con los impuestos, en Icod se mantienen fieles a la tradición democrática del "porque yo lo valgo y tú no necesitas saberlo".

El acceso a la información pública en el municipio funciona con el sistema del eco: tú preguntas, y el ayuntamiento te devuelve el silencio. Es una técnica de meditación zen aplicada a la administración pública. Si no hay datos, no hay críticas. Y si no hay transparencia, lo que hay es una paz sepulcral donde los políticos y sus amigos empresarios pueden bailar un tango sin que nadie les pise los pies. ¡A por el 0 el año que viene, que el 3 todavía deja ver demasiada luz!


jueves, 22 de enero de 2026

Comparativa de Criterios: ¿Delito o Irregularidad?

 Aquí tienes la comparativa visual y conceptual para entender por qué la Audiencia Provincial cambió el destino legal de Juan José Dorta:



Comparativa de Criterios: ¿Delito o Irregularidad?

Esta tabla desglosa cómo interpretó cada tribunal los mismos hechos (el pago de 210.715 € mediante facturas fraccionadas):


Punto de análisisTribunal de Instancia (Condena)Audiencia Provincial (Anula y Absuelve)
Naturaleza del actoPrevaricación: Una resolución injusta dictada a sabiendas.Irregularidad administrativa: Un error de procedimiento que no llega a ser "crimen".
El "Troceo"Visto como una maniobra para eludir la Ley de Contratos.Visto como una mala praxis derivada de la falta de medios técnicos del ayuntamiento.
Informes técnicosSecundarios frente a la ilegalidad de la adjudicación directa.Fundamentales: Si los técnicos dicen que hay que pagar para evitar un mal mayor, el político no actúa con maldad.
Resultado finalDaño al sistema de contratación pública.El servicio se dio, se pagó lo justo y no hubo beneficio personal (ni robo ni lucro).
#Icod#IcodDeLosVinos#Justicia#AudienciaProvincial#JuanJoséDorta

miércoles, 21 de enero de 2026

La Justicia anula la sentencia contra Juan José Dorta al no apreciar delito penal en el contrato de jardines.

 1. El Origen del Conflicto

El caso se centraba en la contratación de la empresa Jardi Drago S.L. durante los años 2012 y 2013 para el mantenimiento de jardines en Icod de los Vinos. El Ayuntamiento fraccionó los pagos en facturas de unos 18.000 € (contratos menores) para evitar un concurso público, sumando un total de 210.715 €.

2. El Motivo de la Anulación

Aunque la Audiencia Provincial reconoce que hubo una irregularidad administrativa (la forma de contratar no fue la correcta legalmente), el tribunal anula la condena basándose en que no se cruzó la línea del código penal por las siguientes razones:

Servicio Realizado: Los trabajos de jardinería se ejecutaron efectivamente; no hubo pagos por servicios "fantasma".

Ausencia de Lucro: No se ha probado que los políticos obtuvieran un beneficio personal ni que el Ayuntamiento sufriera un perjuicio económico.

Necesidad de Pago: Existían informes técnicos que obligaban a pagar las facturas para evitar el "enriquecimiento injusto" de la administración (no se puede recibir un trabajo y no pagarlo).

Resultado Final

Sentencia anterior: 6 años de inhabilitación (Anulada).

Situación actual: Absolución parcial y exoneración de cargos penales para Juan José Dorta y Manuel Ramón Luis Socas.