lunes, 1 de agosto de 2016

El Tribunal Supremo ratifica la anulación de la RPT del año 2010 del Ayuntamiento de Icod de los Vinos

Es una victoria del sindicato STAP-Canarias frente a Diego Afonso y Cheo Dorta

El Tribunal Supremo ha rechazado mediante auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo el recurso que el Ayuntamiento de Icod de los Vinos interpuso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que anulaba parcialmente la RPT del año 2010 que había aprobado el pleno en el mandato del alcalde Diego Afonso.

La sentencia establece que dos puestos iguales no pueden tener retribuciones distintas como pretendían CC y PP con el apoyo de los sindicatos CCOO, UGT y CSIF.

También aprecia irregularidades en la fijación de las retribuciones de algunos puestos, entre los que destacan los del interventor municipal y el presidente del comité de empresa de CCOO porque las retribuciones resultantes del estudio de valoración objetiva realizado por la empresa contratada al efecto fueron alteradas de forma arbitraria por la concejal de personal con la colaboración del los sindicatos mencionados.

Otro de los aspectos destacados de la sentencia es que anula todos los puestos de asesores de confianza porque considera que su creación no está justificada al no tratarse de funciones de asesoramiento especial sino de tareas ordinarias de la administración.

Como resultado del auto del Tribunal Supremo el Ayuntamiento de Icod deberá pagar a los empleados afectados las retribuciones dejadas de percibir desde el año 2010.

Fuente: STAP-Canarias


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